CUARTO: Se ordena la libertad sin restricciones del ciudadano JULIO BLADIMIR VALDES, Titular de la Cedula de Identidad Nº E-83.492.003, para lo cual se acuerda librar boleta de Excarcelación. QUINTO: Se ordena la remisión de las actuaciones en su debida oportunidad legal a la FISCALÍA (134º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas.
Quedan los partes notificados con la lectura y firma del acta, del resultado de la presente audiencia y de la resolución judicial dictada de manera fundada al termino de la misma, de conformidad con lo establecido en el 159 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 67 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Regístrese. Publíquese y Cúmplase.