- III ¿
Dispositiva
En virtud de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de Amparo Constitucional, ejercida por el ciudadano RICHARD ARELLANO PERNIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 13.141.656, en contra de los ciudadanos TIRSO CORASPE LEDEZMA y YEXSI MARÍA SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.996.835 y 8.947.907, respectivamente.
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, .....