Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación incoada por el abogado RENZO MOLINA MORAN, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, contra la decisión dictada en fecha 28 de julio de 2017, por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el asunto AP11-V-2016-000208, motivado al juicio que por acción reivindicatoria sigue la sociedad mercantil, GALEA CONTABILIDAD GRAFICA, GALCONTGRAF C.A., contra la ciudadana JOHANNA RINCÓN DONDÓN, y en consecuencia, se REVOCA la decisión apelada.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el tribunal de instancia dicte la sentencia de.....