PRIMERO: Perimida la tercería interpuesta por la ciudadana FANNY MARLENY GUTIÉRREZ DE VALDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 8.985.284 en contra de las ciudadanas MARÍA TERESA ORTEGA de BOLÍVAR e INOCENCIA ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 276.142 y 133.659 respectivamente.
Por la naturaleza de ésta decisión, y conforme a lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas por dicha tercería.
SEGUNDO: Con lugar la demanda de Tacha de Falsedad interpuesta por la ciudadana MARÍA TERESA ORTEGA de BOLÍVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 276.142 en contra de las ciudadanas CLARA ROSA MORÓN PATERNOSTRO e INOCENCIA ZAMBRANO, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº 250.931 y 133.659 respectivamente.
Consecuencialmente, se declara l.....