Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos, Yony Ramón Tron Medina y Eglis Lucia Guzmán,, ya identificados, decide así:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio incoada por los ciudadanos Yony Ramón Tron Medina y Eglis Lucia Guzmán, cónyuges, venezolanos, mayores de edad Titulares de las cedulas de identidad Números V.-12.277.150 el primero y V.-12.671.791 la segunda, y en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los une, el cual contrajeron el día Veinte (20) de Diciembre de 1991, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Foráneo La Dolorita, según se desprende de Acta inscrita en los Libros de Registro Civil de Matrimonios bajo el N° 27.
SEGUNDO: Se orden.....