DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, impone al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, la medida cautelar establecida en el literal “b” del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistente en el sometimiento a la vigilancia y cuidado de sus padres, así como la establecida en el literal “c” del articulo 582 Ejusdem, consistente en la presentación periódica ante este Despacho, que deberá cumplir cada ocho(08) días .
Regístrese, publíquese, notifíquese, déjese copia autorizada.
EL JUEZ (T),
GABRIEL A. COSTANZO SAVELLI.
LA SECRETARIA,
ABG. SANDRA CASTILLO SOTO.
En esta misma fecha se registró la anterior decisión.
LA S.....