Visto entonces que el acto administrativo objeto de estudio a través de la presente acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar innominada no ha vulnerado derechos constitucionales, en definitiva, este Juzgado declara SIN LUGAR, la presente acción, conforme a los razonamientos de hechos y derechos anteriormente desarrollados. Y así se hace saber.-
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la presente acción de amparo constitucional conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo, incoada por el ciudadano LUÍS ANTONIO RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad número V- 9.776.827, venezolano, de estado civil soltero, asistido por la abogada MARILUZ SÁNCHEZ GÓMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 233.077, mediante el cual interponen acción de Amparo Constitucional conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo, contra la el acto administrativo contenido.....