Por las motivaciones antes expuestas, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se confirma la decisión dictada el 01 de diciembre de 2021 por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la oposición al decreto de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el 12 de noviembre de 2021, en el juicio que por Retracto Legal Arrendaticio sigue la sociedad mercantil INVERSIONES RALLUS, C.A., en contra de la ciudadana MIRIAM BEATRIZ DE LEÓN VELOZ, ambas partes identificadas ab initio;
SEGUNDO: Se declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada.
TERCERO: Se conden.....