PRIMERO: SIN LUGAR las cuestiones previas contenidas en los ordinales 3º, 8° y 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, promovidas por la representación judicial de la parte demandada, ciudadana BERTHA FUENTES, en su escrito de fecha 10 de Febrero de 2021.-
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte demandada, a tenor de lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
TERCERO: NOTIFÍQUESE a las partes vía electrónica de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, y a lo dispuesto en la Resolución 05-020, de fecha 05 de octubre de 2020, emanada de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia.-