Por las razones expuestas, Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
1.- COMPETENTE, para conocer la presente acción de amparo constitucional interpuesta.
2.- INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Ángel Darío Soler Ramírez, inscrito en el Instituto Previsión Social del Abogado bajo el N° 139.924, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LOREINY CAROLINA RUZ MOGOLLON, titular de la cédula de identidad N° V-15.587.769, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ZAMORA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, en virtud de "(...) la Resolución N° 2018 de fecha 17 de septiembre de 2018, en la cual decreta la destitución del Cargo de Analista Auditor de la ciudadana LOREINY CAROLINA RUZ MOGOLLON ... y de la cual fu.....