En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Uno Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Admite los recursos de apelación interpuestos por: el Abogado ALEJANDRO GARCÍA en su carácter de Defensor del ciudadano ALEJANDRO TINEO SALAS, y por el ciudadano HECTOR OLIVO y RODRIGO S. TOVAR CASTILLO en su carácter de Defensores del ciudadano JOSÉ NICOLÁS TOVAR JIMÉNEZ, los cuales se fundamentan conforme al artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, invocando los artículos 2, 19, 26, 49 y 51 Constitucional y los artículos 16 numeral 1, 2 9 y 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público en concordancia con los artículos 20, 21, 48 ordinal 8, 108 numeral 7, 320 y 323 del Código Orgánico Procesal Penal; y el artículo 447, ordinal 5º, respectivamente, ambos recursos interpuestos en cont.....