Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los abogados OSCAR BORGES PRIM Y DIURKIN BOLIVAR LUGO, en su carácter de defensores de la ciudadana MARIA JOSEFINA CAFARELLI CAMMARATA, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de Julio de 2007, por el JUZGADO VIGÉSIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se acuerda Medida Cautelar Sustitutiva de Medida Preventiva Privativa de Libertad, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consiste en la prohibición de salida del país, decretada por la presunta comisión de los delitos PECULADO DOLOSO CONTINUADO, tipificado en los artículos 52 de la Ley Contra la Corrupción y el delit.....