V
DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSE JOEL GOMEZ CORDERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 57.049, en su condición de defensa privada del ciudadano JEAN FRANCO SALAS ZAMBRANO, en contra de la decisión de fecha 15 de abril del año 2015, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad, sobre el referido ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de SECUESTRO, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, con las agravantes del artículo 10 en sus numerales 2,.....