Con fundamento en lo que precede, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados PEDRO RAFAEL PEREZ SANTOYO y PABLO RAMOS, en su carácter de defensores del imputado VALIENTE MARTINEZ MARLON MANUEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Texto Constitucional, en relación con lo establecido en el artículo 447, numeral 4° y 448, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada en fecha 05/05/2007, por el Tribunal Trigésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad al precitado imputado, conforme al artículo 250, nu.....