Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala No. 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuestos por la abogada CRUZ MARINA QUINTERO, Defensora Pública Vigésima Séptima Penal de la Unidad de Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, en su carácter de defensora del ciudadano JHOAN ENRIQUE RANGEL, en contra de lo decidido en Audiencia para Oír al Imputado, en fecha 21 de Febrero de 2007, por el JUZGADO QUINCUAGESIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la que se DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al imputado JHOAN ENRIQUE RANGEL, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 en su ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal; a tenor de lo dispuesto en los artículos 432, 433, 435, 436, 437, 447, 448 y 450, todos de.....