DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE conforme al artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Carolina Angulo Istúriz, Defensora Pública Penal Décima Cuarta (14°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del ciudadano Rumaldo José Moreno, en contra de la decisión de fecha 11 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Trigésimo Séptimo (37º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó medida privativa judicial preventiva de libertad al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE MATERIAL ESTRATÉGICO, previsto y sancionado .....