Por las razones antes expuestas, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ORDENA al Accionante en Amparo, ciudadano MAO SANTIAGO, abogado en ejercicio e inscrito debidamente por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el número 79.984, actuando como defensor del ciudadano YARON TORRES SALAZAR, titular de la cédula de identidad N° V-15.165.880, dar cumplimiento a la sentencia N° 7 de fecha 1° de Febrero de 2.000, caso José Amando Mejía, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en lo que atañe a los requisitos exigidos para intentar la Acción de amparo contra decisión judicial, así como al contenido del artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos .....