DECISIÓN
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ABG. MARLEN PARRA MACHADO, en su carácter de Defensora Pública Septuagésima Primera (71°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en representación del ciudadano EDUARDO LUIS CASTELLANO MOLINA, en contra de la decisión del 28 de febrero de 2015, dictada por el Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del referido ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previst.....