DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITIR, el recurso de apelación interpuesto conforme al artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por el abogado Julio César Azócar Rondón, Fiscal Auxiliar Interino Centésimo Quincuagésimo Cuarto (154º) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de marzo de 2017, por el Juzgado Décimo Noveno (19º) Primera Instancia Estadal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual reviso de oficio la medida privativa de libertad que pesaba sobre el ciudadano JESUS ANTONIO BARBOZA GUTIERREZ, a quien se le sigue causa por encontrarse presuntamente incurso en la comisión de los.....