Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno (1) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los abogados ALEJANDRO GARCÍA y HEBERTO ROLDAN LÓPEZ, en su carácter de Defensores del ciudadano ALEXANDER ANALLA, con fundamento en el artículo 451 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia definitiva, dictada en fecha 09 de julio de 2007 y publicado su texto íntegro en fecha 17 de septiembre del año en curso, por el Juzgado Vigésimo (20°) de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Condenó al referido ciudadano, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 458 y 277 ambos del Código Penal, debido a que esta Sala co.....