PRONUNCIAMIENTOS
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Declara ADMISIBLE el recurso interpuesto el día 07 de marzo de 2008, por los Abogados HORACIO MORALES LEÓN y ALÍ NÚÑEZ MORENO, actuando como defensores del penado MONSERRAT COVA JESÚS DAVID, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal.
Declara IMPROCEDENTES, las solicitudes realizadas en el escrito de apelación, ya que en primer lugar, el Juzgado Séptimo de Ejecución envió en su forma original el expediente que se le sigue al penado MONSERRAT COVA JESÚS DAVID, donde se encuentra inserto el recurso de apelación; y en segundo lugar, no fueron promovidos medios de pruebas por parte de los recurre.....