DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por el Abogado en ejercicio y de este domicilio: OSVALDO ANTONIO DURAND MALPICA, en su carácter de Defensor de la ciudadana ARCENIA JOSEFINA BAEZ, contra la sentencia publicada el 07 de Diciembre de 2.009, emanada del JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO (21°) EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en la cual CONDENÓ a la prenombrada ciudadana a cumplir la pena de Un (01) año y Ocho (08) meses de prisión y a las penas accesorias a la de prisión prevista en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de FRAUDE previsto y sancionado en el artículo 462 ibídem en conc.....