Por todos los razonamientos anteriormente expuestos esta SALA NUMERO DOS DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la RECUSACIÓN planteada por los abogados: HORACIO DE GRAZIA, JUAN RAMIREZ, OSCAR RONDEROS y JUAN LOPEZ BLANCO, en sus caracteres de defensores de los ciudadanos: JOSEFA COROMOTO MEDINA, NAGDALY ZABETH ROMERO, CARMEN ZOMIDA CEDEÑO, CARLOS OMAR ZALAZAR CEDEÑO y HECTOR ENRIQUE COELLO ASCANIO, en contra del Dr. FLORENCIO E. SILANO GÓNZALEZ, Juez Sexto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en la causa N° 12534-08, nomenclatura de ese despacho, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial