DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada DORA MAGARIÑOS PINTO, en su carácter de Defensora del ciudadano DAVES ANTONIO OCHOA SEQUEDA, en contra de la decisión dictada en fecha 21/11/06, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. NATHALI MARIÑEZ, mediante la cual acordó fijar la audiencia que establece el quinto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de la prórroga presentada por la Fiscal Nonagésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, de presentar el acto conclusivo, por ser un auto de mera sustanciación y sobre el cual no procede Recurso de Apelación sino Recurso de Revoc.....