DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ADMITE en cuanto ha lugar en Derecho las pruebas consignadas Dra. MIGDALIA MARIA AÑEZ GONZALEZ, en su carácter de Juez Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la causa Nº 431-06, nomenclatura de ese Juzgado, seguida al ciudadano CASTILLO MEDINA GABRIEL FRANCISCO, todo de conformidad con lo establecido en los ordinales 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales serán apreciadas y consideradas en la oportunidad correspondiente conforme a la Ley, todo de conformidad con el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con el encabezamiento del artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Regís.....