DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, quien aquí decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite el siguiente pronunciamiento: se declara CON LUGAR la inhibición planteada por la doctora MARIA DEL PILAR PUERTA F, en su carácter de Juez Cuadragésima Novena (49º) en funciones de Control del Circuito Judicial del Area Metropolitana de Caracas, quien en acatamiento a lo dispuesto en el encabezamiento del artículo 87 del Código Orgánico Procesal Penal, se INHIBE de conocer la causa Nº 14.775-10, nomenclatura de ese Tribunal, seguida en contra del ciudadano YOSMAR JOSE ALARCON PINTO, quien fundamenta su inhibición en el contenido del ordinal 7° del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal., "... Por haber emitido opinión en la causa con conocimiento de ella..."., de conformidad con lo previsto en los artículos 95 y 96 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Reg.....