DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto conjuntamente por los Abogados MARÍA EUGENIA ROSELL, Defensora Pública Octogésima Segunda y JHON FRANKLIN VIDAL, Defensor Público Octogésimo Tercero, adscritos a la Unidad de Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, procediendo en el carácter de defensores de las ciudadanas MONICA CASTRO SUAREZ y MARISABELLA SUAREZ, respectivamente, con fundamento en el numeral 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal, y pasa a conocer el fondo del recurso planteado a tenor de lo establecido en el artículo 450 del texto adjetivo penal.
Asimismo, se declara ADMISIBLE el escrito de contestación presentado por el Abogado YOHNY JOSÉ GONZÁLEZ RAMÍREZ, Fiscal Centésimo Cuarto del Ministerio Público Especializad.....