DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 447 numeral 4°, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO admite el Recurso de Apelación, interpuesto con fundamento en el articulo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal, por la abogada DORIS LOVERA, Defensora Pública de los ciudadanos LEONARDO GONZALEZ y MARIA FERNANDA AGUILAR ITRIAGO, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de Junio del 2007, por el Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó a los ciudadanos antes mencion.....