DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho JOSE GREGORIO MANZANO OCHA, en su carácter de defensor privado del ciudadano NEOMAR ANTONIO AVILA PERDOMO. En consecuencia se declara la NULIDAD de la audiencia celebrada el día 18 de octubre de 2011, así como los actos consecutivos que de ella dependan, tales como el auto fundado de la medida de privación judicial preventiva de libertad (folios 234 al 253 pieza 1); Boleta de Encarcelación Nro. 096-11 del 18 de octubre de 2011 (folio 255 pieza 1); Boleta de Encarcelación Nro. 100-11 del 04 de noviembre de 2011, (folio 259 pieza 1); solicitud de prórroga efectuada por el Fiscal Auxiliar Trigésimo .....