DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Accidental 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretar la NULIDAD ABSOLUTA de la decisión dictada el 13 de junio de 2007, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el acto de audiencia preliminar, y demás actos subsiguientes, ordenándose la realización de una nueva audiencia preliminar ante un juez distinto al que emitió la decisión anulada, de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 190, 191 y 195 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se declara Con Lugar el recurso de apelación interpuesto por los Abogados: EDDY MARTÍNEZ DE GARBÁN y LUIS GARBÁN ZURITA, en su carácter de defensores de los ciudadanos: EDUARDO AGUILAR HEREDIA y VANNER AGUILAR HEREDIA.
Publíquese, r.....