ÚNICO: DECLARA IMPROCEDENTE la pretensión interpuesta en fecha 18/09/2009, por la profesional del derecho TAILANDIA MARQUEZ RODRIGUEZ, en su carácter de defensora del ciudadano LUIS MANUEL MARQUEZ TOSTA, contra la decisión dictada en fecha 11 de septiembre del año en curso, por la Juez Segunda de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó dejar sin efecto el acto de reconocimiento en rueda de individuos de la presente causa, por cuanto tal decisión dejó de causar un gravamen irreparable al mencionado imputado en virtud de la voluntad del mismo de acogerse al procedimiento especial por admisión de los hechos, y por ende no se encuentra configurado en el supuesto previsto en el numeral 5 del artículo 447 de Código Orgánico Procesal Penal.-