Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Sexta (6°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, abogada SUSANA CHURION DEL VECCHIO.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ JESÚS ALICANDÚ OPORTO, en su condición de apoderado judicial de la víctima GREGORY ESMITH ANTELIZ MÉNDEZ.
TERCERO: CONFIRMA la sentencia publicada el 30 de enero de 2008, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual absolvió al ciudadano ALEJANDRO TEOPDORO PERRONIS, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.767.031, de los cargos por el delito de LESIO.....