DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Defensora Pública Vigésima Primera (21°) Penal de está Circunscripción Judicial, en su carácter de defensora del imputado CARLOS JULIO VARELA MORENO. SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado por el Juzgado (44°) en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró improcedente la solicitud interpuesta por la defensa, en el sentido que se declare la nulidad relativa del auto dictado por dicho Tribunal en fecha 24/11/2006, mediante el cual se dejó sin efecto la Audiencia Oral que se refiere el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ORDENA al Tribunal a-quo que convoque a las partes a una Audienci.....