En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la apelación interpuesta el 9 de noviembre de 2007, por la Defensora Octogésima (80°) del Área Metropolitana de Caracas, abogada Alejandra Kuske, y en consecuencia Confirma la decisión dictada el 1 de noviembre de 2007, por el Juzgado Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la solicitud de cese de medida cautelar, conforme al artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del ciudadano Henry José Galindo Villarreal, por la comisión del delito de Homicidio Calificado por motivos fútiles e innobles, Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en el los Artículos 406, numeral 1°, 470 y.....