DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala 4 de Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 21 de julio de 2008, por la abogada Marbella de Tescari, Defensora Pública Penal Cuadragésima Tercera de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora del ciudadano Centeno Flores José Miguel, y en consecuencia REVOCA la decisión dictada el 15 de julio del corriente, por el Juzgado Quincuagésimo Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual impuso a su defendido medida cautelar sustitutiva de libertad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 256.3.4 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que no existen fundados elementos de convicción, tal y como lo exige el artículo 250.2 del Código Orgánico Procesal Penal, en tal sentido se ordena su libertad sin restricciones.....