Por las razones que anteceden, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1. Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado MARIO JESÚS GARRIDO SALAZAR, en su carácter de defensor privado de la penada ALVARADO BRICEÑO GRETNA MAIRUMA, contra la decisión del 30 de agosto de 2010, dictada por el Tribunal Cuarto (4) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
2), Se confirma el fallo impugnado