DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA CUATRO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho LUIS MARTINEZ, en su carácter de Defensor Público Penal Auxiliar Segundo (2°) del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Defensa del ciudadano LUIS EDUARDO MONTERO SILVA, en contra de la decisión dictada en fecha 31 de agosto de 2015, por el Juzgado Vigésimo (20º) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual mediante la cual decreto medida judicial preventiva privativa de libertad a su asistido, de conformidad con los artículos 236 numer.....