Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, de conformidad con el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, declara:
1.- Admite el recurso de apelación interpuesto por los abogados Orlety Piñango González, Defensora Pública 61º Penal y Alejandro Pizzut, Defensor Público 63º Penal, en su carácter de defensores de los imputados Joel José Maguana Delgado, Israel Alfonso Sánchez y José Eliemal Ollarves Ochoa, contra la decisión de 21 de septiembre de 2010, dictada por el Juzgado Trigésimo Sexto (36º) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en el desarrollo de la audiencia para oír al imputado, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad de sus asistidos.
2.- Admite e.....