En virtud de las razones que preceden, esta Sala Cuatro de la Corte Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CONFIRMA la decisión dictada el 19 de junio de 2008, por el Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia en función de Control, mediante la cual dictó medida de privación judicial preventiva de libertad al ciudadano José Luis Quiñónez Mujica, titular de la cédula de identidad N° V.- 17.977.414, de conformidad a lo previsto en el artículo 250 numerales 1, 2 , 3 y 251, del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y Robo de Vehículo Automotor en grado de tentativa, previsto y sancionado en el artículo 7 en relación con el artículo 6 numerales 1, 2 y 3, de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, comet.....