DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a emitir el siguiente pronunciamiento: se ORDENA la inmediata ACUMULACIÓN de causa signada bajo el Nº S5-10-2611, a la causa signada bajo el Nº S5-10-2609, que ya reposaba en esta Alzada previamente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 66 y 73 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 26 y 49 ambos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de evitar decisiones contradictorias, quedando como ponente de la presente causa la DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS J.