DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos esta Sala Nº 5 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la ley,
a) En atención al Artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara Sin Lugar la revisión interpuesta por la Defensoría Pública 36º con Competencia en Fase de Ejecución, de Caracas, contra la Sentencia publicada por el Juzgado Unipersonal 18º de Juicio de este Circuito, el 1º-6-04, mediante la cual condenó a los ciudadanos:
1. José Hernández y Tony Alvarado, a cumplir pena de presidio por la comisión del delito de robo agravado y porte ilícito de arma de fuego, previstos en los artículos: 460 y 278 del Código Penal de entonces, y a…
2. Luís Noguera, a cumplir la pena de 5 años de presidio por la comisión de robo agravado en grado de complicidad, sancionado en los Artículos 460 y 84.3º Ejusdem;
b) Siendo la adecuada imp.....