DECISIÓN
Por lo antes expuesto, esta Sala Nº 5 de la Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley:
a) En atención a los Artículos 21 y 24 Constitucional, y el Artículo 359, el Numeral 2 del Artículo 452 y el Artículo 457 del Orgánico Procesal Penal, Declara Parcialmente Con Lugar la apelación interpuesta por el abogado JESÚS GUZMÁN, Fiscal del Ministerio Público para el Régimen Procesal Transitorio, de Caracas, en contra de la sentencia publicada el 30-11-05 por el Juzgado 23º de Juicio de este Circuito, mediante la cual se absolvió al acusado OSWALDO RAMON FERNANDEZ por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el Artículo 406, Numeral 1 del Código Penal Vigente; y en consecuencia ANULA la sentencia dictada el 2-11-05 y publicada el 30-11-05 por el Juzgado 23º de Juicio de este Circuito, mediante la cual "...Encuentra al acusa.....