DISPOSITIVA
1. DECLARA SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la ciudadana LAURA DI MASE, en contra del pronunciamiento publicado el 3-5-06 por el Juzgado 19º de Juicio de este Circuito, el 4-5-06, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró...
2. En atención al Numeral 2 del Artículo 287 del Código Orgánico Procesal Penal, y habida cuenta que la entrevista que rindió la ciudadana Laura Di Mase en la División de Homicidios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, el 22-4-04, trascrita en la motiva de esta decisión, participa lo referente a la Fiscalía Superior del Ministerio Público, en Caracas, remitiéndole a tal efecto copia certificada de este fallo;
3. Toda vez la fase en la que se encuentra la investigación de los hechos descritos en este fallo, y en conformidad con el Artículo 304 del Código Orgánico Procesal Penal, se instruye a la Secretaría de la Sala que en la exposición de este fallo en la Pagina Web del Tribunal Supremo de Ju.....