Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada Hortencia Padrón, Defensora Pública Décimo Quinta (15º) Penal, encargada para actuar ante los Tribunales de Primera Instancia en funciones de Control, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de Defensora de la imputada Mireya del Carmen Ramírez Salcedo, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de Febrero de 2012, mediante la cual decretó en contra de su defendida Medida Judicial Privativa de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 en sus numerales 1, 2 y 3, 251, 252 del Código Orgánico Procesal Penal; esta Sala lo admite, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4º del artículo 447 del citado Código y por no configurar ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 eiusdem, reservándose el lapso establecido en el tercer a.....