DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Penal Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ABG. BELKIS COROMOTO VILLEGAS, en su condición de Defensora Pública Penal de Presos Nº 73 del Área Metropolitana de Caracas, en contra de la decisión dictada en fecha 23 de Mayo del año que discurre, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la DRA. YASMIRA NAVARRO DOMÍNGUEZ, en la causa seguida en contra de los ciudadanos FAJARDO JESÚS ALBERTO y RIVAS BRITO MILE JOAN.