DECISIÓN
Por todas las razones anteriormente expuestas esta Sala Quinta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto por la Defensa del ciudadano ANGEL DAVID PARADA DELGADO, condenado por el Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas a cumplir la pena de dieciséis (16) años de presidio por la comisión del delito Homicidio Agravado previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente; en consecuencia SE CONFIRMA la sentencia recurrida.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese al penado de la presente decisión y se libra Boleta de Traslado al penado de autos.
EL JUEZ PRESIDENTE,
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