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DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala No, 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda DECLARAR CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los profesionales del derecho ARACELIS APONTE Y BOGAR TORRES, en su condición de Fiscal Vigésima Octava del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas y Fiscal Auxiliar Sexagésimo Primero del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena en Colaboración con la Fiscal Vigésima Octava del Área Metropolitana de Caracas, contra las decisiones de fechas 14 y 19 de Diciembre de 2007, dictada por el Tribunal Cuadragésimo Primero en funciones de Control del Área Metropolitana de Caracas, mediante las cuales acordó en la primera, LA PROCEDENCIA DE LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA.....