esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 437 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos WILLIAM JOSE MORA MORENO y FRANKLIN LEONER MONZON HERNANDEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 148.056 y 150.678, respectivamente, en su condición de defensores de la ciudadana YVONNE JOSEFINA ALFONZO SANDOVAL, titular de la cédula de identidad Nº V-6.281.949, fundamentados en el artículo 447 numerales 4 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área
Metropolitana de Caracas, en fecha 09 de enero de 2012, durante la celebración de la .....