Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JAVIER MARTIN BOSCAN CAMACHO actuando como defensor del ciudadano JOSE RAMÓN JIMÉNEZ MOLINA, contra la decisión proferida, en fecha 30 de Enero de 2007, por el Juzgado Trigésimo Séptimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se DECRETA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de su patrocinado, por alegarse que el mismos se encuentra dentro de los supuestos de hecho que establecen los artículos 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal (sic). Y en consecuencia esta Sala de Apelaciones resolverá sobre la procedencia o no de la cuestión planteada, y dictará la decisión a que hubiere lugar dentro del lapso legal correspondiente.
Regístrese, Diarícese y Publ.....