DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho RAÚL JOSÉ GARCÍA CARRILLO actuando como defensor del ciudadano DANIEL PAREDES TREJO, contra la decisión proferida, en fecha 10 de junio de 2007, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó al ciudadano DANIEL PAREDES TREJO, MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHÍCULOS AUTOMORES, previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, 251 ordinales 1° 2° y 3° y 252 ordinal 2°, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese.....